Subvenciones con destino a la inversión y mejora, así como a la digitalización del pequeño comercio
ORDEN ICD/886/2021 – BOA 28/07/2021
Hoy día 28 de julio de 2021, ha salido publicada en el Boletín Oficial de Aragón convocatoria de Ayudas con destino a la inversión y mejora, así como a la digitalización del pequeño comercio.
Los beneficiarios son: Pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles, incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón.
La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá estar incluida en alguno de los siguientes epígrafes del IAE: 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2.
Quedan excluidas las empresas que pertenecen a grandes empresas de distribución y las dedicadas a actividades sujetas a una reglamentación o normas sectoriales específicas.
Las actuaciones subvencionables son:
LÍNEA A) Inversión y mejora de los comercios.
Obras y equipamiento
– Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal, o la supresión de barreras para personas con discapacidad.
– Mejoras y equipamiento de escaparates.
– Rótulos, toldos y marquesinas exteriores
LÍNEA B) Digitalización de la Pyme del sector del comercio minorista, concretamente:
Digitalización de la PYME
– Herramientas de conocimiento de cliente y su fidelización; herramientas CRM, marketing digital, inteligencia de negocio y programa de fidelización de clientes.
– Transformación digital del comercio; creación de web, Apps, comercio electrónico, pasarelas de pago y soluciones en ciberseguridad.
-Digitalización del punto de venta; adquisición de equipos Terminal Punto de Venta, herramientas de gestión del inventario (almacén y stock en tienda), pedidos a proveedores, logística de entrega y herramientas para el control de caja, facturación y contabilidad.
Las actuaciones deberán haberse ejecutado con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda.
Actuaciones NO subvencionables: Queda excluida:
– Mamparas u otro equipamiento de distanciamiento personal o uso sanitario por motivo del COVID-19.
– El gasto corriente derivado de las actuaciones objeto de subvención. – Alquileres.
– Equipos informáticos de uso genérico, cámaras fotográficas y teléfonos móviles.
– Impuestos y tasas.
– Los bienes usados.
– Los gastos de reparación, sustitución y mantenimiento.
– Equipamiento destinado a la sala de ventas o almacén.
– Cuando el vendedor de los activos o prestador de la actividad fuera el adquiriente o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse auto facturación.
Criterios de evaluación:
Localización de la empresa. En función del valor para el Índice Sintético de Desarrollo Territorial asignado a la localidad en la que se realiza la inversión, se establece la siguiente valoración:
– Si el valor del índice es menor que 99, se valorará con 4 puntos.
– Si el valor del índice es desde 99 hasta 101, se valorará con 2 puntos.
– Si el valor del índice es superior a 101, se valorará con 0 puntos
Grado de innovación, calidad y profesionalización; las empresas que en el momento de presentar la solicitud acrediten estar en posesión de un certificado de calidad de la serie UNE 175.000 o ISO 9000 serán consideradas prioritarias: 2 puntos.
Comercios adheridos a la red de Multiservicios Rurales, obtendrán 2 puntos.
Adhesión a la Junta Arbitral de Consumo: 1 punto.
Si la empresa pertenece a una asociación de empresarios de comercio, obtendrá 1 punto.
Antigüedad de la empresa solicitante superior a 10 años (a partir de fecha alta IAE): 1 punto.
Cuantía de la subvención: La cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un gasto máximo subvencionable de 3.500 euros, por establecimiento comercial.
Período subvencionable: Los justificantes de gasto y de pago correspondientes a las inversiones y actuaciones objeto de subvención, deben estar comprendidos entre el 16 de septiembre de 2020 y el 30 de agosto de 2021.
El plazo de presentación: Hasta el 30 de agosto de 2021.
Tramitación telemática: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-inversion-mejora-digitalizacion-pequenocomercio/identificacion