Nueva ayuda para la renovación de equipamiento en establecimientos de hostelería: hasta 11.000 euros por establecimiento
El Ministerio de Industria y Turismo ha puesto en marcha una nueva línea de ayudas directas para la renovación del equipamiento en establecimientos de hostelería, con el objetivo de mejorar la eficiencia energética, reducir el consumo y favorecer la modernización de los negocios del sector.
La medida, regulada mediante el Real Decreto 638/2026, de 29 de julio, permitirá subvencionar la sustitución de maquinaria, electrodomésticos y otros equipos por modelos de menor consumo energético, contribuyendo así a reducir los costes de explotación de bares, restaurantes, hoteles y otros establecimientos de alojamiento y restauración.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Podrán ser beneficiarios:
- Personas autónomas.
- Sociedades mercantiles.
- Comunidades de bienes.
- Sociedades civiles sin personalidad jurídica.
Siempre que sean titulares de establecimientos hosteleros ubicados en España y desarrollen su actividad en alguno de los siguientes CNAE:
Servicios de alojamiento (CNAE 55)
- Hoteles y alojamientos similares.
- Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
- Campings y áreas para caravanas.
- Actividades de intermediación para los servicios de alojamiento.
- Otros servicios de alojamiento.
Servicios de comidas y bebidas (CNAE 56)
- Restaurantes.
- Puestos de comidas.
- Servicios ocasionales y regulares de catering.
- Bares y cafeterías.
- Actividades de intermediación para los servicios de comidas y bebidas.
Quedan excluidos los trabajadores autónomos que tengan la condición de familiares colaboradores del titular del establecimiento.
¿Qué inversiones son subvencionables?
Las ayudas están destinadas a financiar actuaciones que permitan reducir el consumo energético de los establecimientos mediante la renovación de equipamientos.
Serán subvencionables, entre otras, las siguientes actuaciones:
- Sustitución de maquinaria industrial hostelera.
- Renovación de electrodomésticos por equipos de mayor eficiencia energética.
- Sustitución de equipos de climatización por otros de menor consumo.
- Renovación de toldos y sombrillas por modelos más eficientes.
No podrán acogerse a estas ayudas los equipos que utilicen combustibles fósiles, incluido el gas natural.
Gastos que cubre la subvención
La convocatoria contempla como gastos subvencionables:
- Compra de maquinaria y equipamiento.
- Materiales necesarios para la actuación.
- Obras e instalaciones vinculadas a la renovación.
- Gestión de residuos generados por la sustitución del equipamiento.
- Honorarios técnicos para la emisión del certificado de eficiencia energética.
- Gastos de gestión de la solicitud (hasta el 4 %).
- Gastos de justificación de la ayuda (hasta el 7 %).
Importe de la ayuda
Cada establecimiento podrá obtener una subvención de:
- Mínimo: 5.000 euros.
- Máximo: 11.000 euros (IVA no incluido).
La ayuda podrá alcanzar hasta el 100 % del coste subvencionable.
Además, una misma empresa podrá presentar solicitudes para varios establecimientos, siempre que se presente una única solicitud por cada local.
Plazo para presentar las solicitudes
El plazo de presentación será:
- Inicio: 5 de agosto de 2026, a las 10:00 horas.
- Finalización: 30 de septiembre de 2026, a las 15:00 horas.
Es importante tener en cuenta que las ayudas se concederán por orden de presentación de las solicitudes completas, hasta agotar el presupuesto disponible, dotado con 15 millones de euros. Por ello, se recomienda preparar toda la documentación con la mayor antelación posible.
¿Cómo se solicita?
La tramitación será exclusivamente electrónica a través del portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo.
Actuaciones realizadas desde el 1 de marzo de 2026
La convocatoria permite subvencionar inversiones ya realizadas, ya que podrán incluirse las actuaciones ejecutadas a partir del 1 de marzo de 2026, siempre que cumplan el resto de requisitos establecidos en el Real Decreto.
Documentación necesaria
Entre la documentación que deberá acompañar la solicitud se encuentra:
- Formulario electrónico.
- Memoria descriptiva de la actuación.
- Justificación del ahorro energético obtenido.
- Certificado de alta en el Censo de Empresarios.
- Documento acreditativo del CNAE.
- Factura o presupuesto detallado.
- Documentación acreditativa de la representación, cuando corresponda.
Aspectos a tener en cuenta
Antes de presentar la solicitud conviene recordar algunos aspectos importantes de la convocatoria:
- Las ayudas son incompatibles con otras subvenciones que financien los mismos gastos.
- Será obligatorio justificar el ahorro energético conseguido con el nuevo equipamiento.
- También deberá acreditarse la correcta gestión de los residuos derivados de la sustitución de los equipos.
- Para mantener la subvención será necesario ejecutar y justificar, al menos, el 60 % del presupuesto aprobado.
Desde la Asociación de Empresarios del Matarraña animamos a todos los establecimientos de hostelería, restauración y alojamiento turístico que estén valorando renovar su maquinaria o mejorar la eficiencia energética de sus instalaciones a estudiar esta convocatoria, ya que puede representar una excelente oportunidad para modernizar sus negocios reduciendo significativamente el coste de la inversión.
Las empresas asociadas que necesiten asesoramiento o deseen resolver cualquier duda sobre esta convocatoria pueden ponerse en contacto con la Asociación a través del correo info@empresariosmatarranya.com o del teléfono 676 314 796.